Seguros de hogar

La mayoría de las familias españolas destinan a la vivienda la mayor parte de sus ahorros y para protegerla adecuadamente, resulta vital contratar el mejor seguro de hogar. A diferencia de los seguros de coche, el seguro de hogar no es de contratación obligatoria por ley. Sin embargo, la mayoría de propietarios de viviendas son conscientes de la importancia de asegurar su patrimonio, y por ello cuentan con una póliza, que no obstante no siempre es la opción más ajustada en precio y coberturas.

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¿Cuáles son las coberturas?

Las coberturas de seguros de hogar se organizan en torno a la cobertura de continente y de contenido.
El continente cubre los daños que se puedan producir en la vivienda, garaje, trastero, elementos fijos (por ejemplo, armarios empotrados), instalaciones, etc. Es decir, la vivienda en sí, con su estructura física y dimensiones, pero no los objetos que tenemos dentro. Si se rompe la taza del inodoro estamos hablando del continente, también cuando una pared se agrieta o se estropea el aire acondicionado.
El contenido se refiere a los muebles y otros bienes que se encuentran dentro de la vivienda (electrodomésticos, ropa, etc.). En este caso, la compañía nos indemnizaría si se produjese un robo en nuestra casa o, por ejemplo, nos repararía el cristal de una mesa que se ha roto. También forman parte del contenido los conocidos como objetos codiciables (joyas, alhajas, obras de arte, colecciones numismáticas y filatélicas, prendas de peletería fina, etc.).
Las coberturas de continente y contenido se pueden contratar por separado. De hecho, si vives de alquiler, probablemente solo tengas que preocuparte por el contenido. Pero si la vivienda es tuya, es aconsejable que contrates ambas coberturas.

¿Qué debe tener mi seguro de hogar?

Los paquetes de coberturas y modalidades de pólizas son muy diferentes de una compañía de seguros a otra pero, en general, ofrecen servicios básicos comunes que luego pueden ampliarse y adaptarse a las necesidades del cliente. Para aconsejarte, presentamos las coberturas habituales que no pueden faltar en tu seguro:
Incendio o daños por fuego: Esta cobertura incluye los daños causados a los bienes asegurados a causa del fuego, así como los daños derivados del propio incendio, gastos de salvamento, etc. La garantía del incendio suele concebirse como un paquete que también cubre los daños por explosión, caída de un rayo, humo, etc.
Daños por agua: Cubre los desperfectos ocasionados por desbordamientos y escapes de agua accidentales, ya sea en aparatos conectados a la red de agua como en conducciones de suministro y evacuación. Esto supone tanto filtraciones en nuestra casa procedentes de viviendas contiguas, como el daño que podamos producir a terceros.
Daños eléctricos: Suele presentarse como una cobertura opcional. Protege las instalaciones y aparatos eléctricos de nuestra vivienda. Esto quiere decir que si se produce un fallo eléctrico y se nos estropea la lavadora o la nevera, la compañía aseguradora los reparará o reemplazará por otros nuevos.
Cristales y espejos: Esta garantía optativa distingue entre los vidrios y cristales correspondientes al inmueble (cristales de ventanas, cristales de puertas, etc.) y los instalados o pertenecientes al mobiliario (mampara de ducha, espejo de un armario, etc). Normalmente, comprende también mármoles, loza sanitaria y placas vitrocerámicas.
Robo, expoliación y hurto: Si entran a robar a tu casa, tu aseguradora te indemnizará con el valor de los objetos sustraídos. A menudo, las pólizas también cubren aquellos daños causados durante el robo. También suelen extenderse a atracos realizados en la vía pública e incluso, según la póliza, puede llegar a cubrir el fraude en tarjetas de crédito y cheques.
Responsabilidad civil: Cubre los daños a terceros en el ámbito familiar y privado del asegurado causado por nosotros mismos, nuestros hijos menores, el personal de servicio o nuestras mascotas. Se trata de los daños que podamos provocar a nuestros vecinos a causa de filtraciones de agua, agujeros en las paredes, etc.
Restauración estética: Garantiza la reparación de la parte afectada cuando el siniestro afecta la armonía estética del lugar. Estaríamos hablando, por ejemplo, de cuando las humedades causadas por nuestro vecino nos han manchado una parte de la pared pero se pinta toda la pared.
Asistencia en el hogar: Tu empresa de seguros te facilitará profesionales cualificados para atender los servicios solicitados (albañiles, fontaneros, cristaleros, pintores, etc.).
Protección jurídica: Se encarga de garantizar la protección de los intereses del asegurado frente a tercero mediante la designación de un abogado o procurador. Esto podría ser necesario en situaciones en las que haya problemas con los inquilinos de un inmueble de nuestra propiedad o con una comunidad de propietarios.